MINNEAPOLIS, MN
De nueva cuenta la Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos genera suficientes argumentos para aparecer en las primeras planas de muchos diarios. En esta ocasión, la Corte ha rechazado una ley propuesta por el gobierno del estado de Texas, en la que se requerirá a las clínicas en el estado que proveen atención a abortos, y que cuentan con instalaciones quirúrgicas y doctores especializados, el establecer privilegios de admisión en un hospital cercano. La ley podría obligar al cierre de muchas clínicas, e incluso la escasez de sitios para la atención a abortos en Texas. La decisión de la Corte indica que la ley en cuestión viola la propia Constitución de los Estados Unidos.
A diferencia de lo ocurrido con la acción ejecutiva del presidente Obama en torno a una virtual reforma migratoria, la votación en esta ocasión fue de 5 votos en contra y 3 a favor de caso Salud Total Femenina VS Hellerstedt, revirtiendo así una decisión tomada por el 5º Circuito de la Corte de Apelaciones de los Estados Unidos, que se había manifestado en apoyo de la ley de Texas. Los jueces de la Suprema Corte, Samuel Alito, Clarence Thomas y el Justicia en Jefe John Roberts presentaron votos en favor de la ley, al tiempo que el cuarto juez que regularmente se suma a las posiciones conservadoras de los tres primeros, Anthony Kennedi, se expresó en favor del sector más liberal de la Corte, generando así la mayoría para revocar la ley.
Para diversos analistas, esta decisión habrá de tener consecuencias a lo largo y alrededor de todo el país, en virtud de que diversos estados cuentan con leyes, ya sea en aplicación formal, o bien bloqueadas temporalmente, que tienen requisitos similares a la propuesta en Texas. Si dichas leyes en esos otros estados son clasificadas esencialmente iguales a la de Texas, entonces serán canceladas y puestas fuera de orden por la misma Corte.
Son dos los aspectos centrales de la Ley de Texas, identificada como HB2, que se traducen en los puntos por los cuales la Corte decidió clasificarla como anticonstitucional. En primer lugar, la ley requiere que los médicos que practiquen abortos, cuenten con privilegios de admisión a un hospital en un radio de 30 millas alrededor de la clínica en que laboran, y donde se haya programado un procedimiento de aborto; sin embargo, en tanto que las tasas de complicaciones en los procedimientos de aborto son mínimos, es poco probable que los médicos que lo practican puedan obtener dichos privilegios de admisión hospitalaria.
En segundo lugar, la ley requiere que las clínicas en que se practiquen abortos cuenten con suficiente equipo para cumplir con los requerimientos que se cumplen como estándares hospitalarios, incluyendo pasillos y cuartos amplios, así como equipo adicional que es sumamente costoso, y que no forma parte de los requerimientos en otras clínicas que ofrecen servicios como la liposucción, o colonoscopías.
Ambas condiciones fueron consideradas inconstitucionales, y lo fue aún más el hecho de que incluso los médicos que prescriben medicamentos abortivos, y que por tanto no requieren que las pacientes sean internadas, siendo enviadas a casa regularmente, tendrían que cumplir con esos mismos requerimientos.
Voceros del estado de Texas sostienen que la ley fue concebida para proteger a las mujeres, en tanto que médicos, así como la Asociación Médica Americana y el Colegio Americano de Obstetras y Ginecólogos, indican que antes bien, la ley no garantizaría ninguna seguridad a las mujeres y más bien impiden el acceso a los servicios que las mujeres requieren.